del país y a obtener
pronta respuesta. Las peticiones pueden hacerse por cualquier medio eficaz para comunicar el
pensamiento: por escrito impreso, por vídeo, por mensaje verbal telefónico, por teléfono en
comunicación simultánea, por medio magnético, por medio electrónico, por comunicación verbal
presencial etc. En algunos casos especiales las autoridades pueden exigir que determinadas
peticiones se hagan por escrito. Si el peticionario manifesté no saber
escribir, de su petición verbal
se debe levantar acta. El derecho de
petición, desde el punto de vista del interés que con él se persigue, puede
ser:
- En interés general y en interés particular. Dependiendo el número de firmantes de la petición esta puede ser de peticionario única o múltiple.
- Según la naturaleza del asunto, las peticiones pueden ser de dar, hacer o no hacer algo por parte de las autoridades. Existe también las peticiones de información y la petición consulta o derecho a la formulación de consultas a las autoridades acerca de las actividades que conforman sus objetivos y funciones.
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